Historia
La metadona se creó a finales de la II guerra Mundial en un laboratorio alemán debido a la escasez de la morfina.
En un primer momento se la denominó amidona, más tarde metadona y se comercializó inicialmente como Dolophine. No se utilizó hasta después de la II guerra Mundial como analgésico.
En 1947 aparecieron en la revista científica JAMA los primeros resultados del uso de la metadona como tratamiento para el síndrome de abstinencia de la morfina.
En 1950 aparece la forma oral de la sustancia aunque las propiedades farmacocinéticas no fueron conocidas hasta 1964.
Fue en la década de los 60 cuando se utilizó por primera vez la metadona como terapia de mantenimiento para heroinómanos en un hospital penitenciario de Kentucky (EEUU).
En la actualidad es la sustancia usada de forma mayoritaria en los programas de sustitución para el tratamiento de los consumidores de heroína.
Uso terapéutico
Ampliamente utilizada en programas de mantenimiento (PMM) para adictos a heroína.
Presenta importantes ventajas frente a ésta en su utilización:
- Permite ejercer sobre la sustancia un gran control sanitario que difícilmente se puede conseguir con heroína.·
- Se puede administrar por vía oral evitándose las consecuencias negativas de la vía endovenosa (contagio de enfermedades infecciosas).
- Su vida media activa es de 24 horas, la de la heroína de 4 horas, por lo que los drogodependientes tienen espacios más prolongados en los que no necesitan la búsqueda de la droga.
La frecuencia de administración de la metadona es de una vez al día.
La metadona también está siendo utilizada mediante prescripción médica para el tratamiento del dolor severo.
Tendencias de Consumo
El número de pacientes atendidos en Programas de Mantenimiento con Metadona (PMM) presenta una línea ascendente.
Desde 1991 que se atendió a 4.718 usuarios se ha pasado en el 2000 a 78.806, incorporándose 6.570 nuevos pacientes en el año 2000 con respecto a 1999.
Fuente: Memoria del año 2000. Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
Situación Legal
En España, los programas con opiáceos sustitutivos se regulan, en general, por el Real Decreto 75/1990 del 19 de enero donde se establecen las normas básicas para la acreditación de los centros o servicios de dispensación, la regulación de los tratamientos, las bases para la prescripción, la elaboración, conservación o dispensación de la metadona, requisitos para la admisión a tratamiento, etc.
Al margen de este uso, serán penalizados todos aquellos individuos que elaboren, trafiquen, promuevan, favorezcan o faciliten su consumo o lo posean con tales fines.