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El bulo del “contrato de consentimiento” oficial para mantener relaciones sexuales que circula desde, al menos, 2018

 

Desde, al menos, 2018 se llevan moviendo por distintas redes sociales y foros de Internet imágenes de un supuesto contrato necesario para mantener relaciones sexuales en España del que se dice que es oficial: pero es un bulo. En una de las imágenes que circulan pone:  “Yo Dña. …mayor de edad con DNI … autorizo a D. …, mayor de edad con DNI … a penetrarme con su miembro viril” y deja un espacio para la fecha y para las firmas de las presuntas partes. Esa misma imagen desinformadora volvió a circular en redes en el verano de 2022 durante la tramitación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como “ley del solo sí es sí”. 

El bulo sobre el “consentimiento legal para mantener relaciones sexuales” circula desde hace años 

Se trata de un contenido que vuelve periódicamente con pequeñas variaciones formales en los mensajes que lo acompañan y el contexto al que se vinculan. En los meses de verano de 2022, la imagen del supuesto contrato que circulaba era la misma que la que ya se difundía en 2018, y se ha atribuido a la llamada ley del sólo sí es sí (oficialmente Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual) del Ministerio de Igualdad.

“Si un chico conoce a una chica va a tener que llevar un contrato de consentimiento si no quiere líos”, aseguraban en un programa de 7NN TV. Esta afirmación iba acompañada de una imagen de la supuesta autorización en la que se leía lo siguiente: “Yo Dña. …mayor de edad con DNI … autorizo a D. …, mayor de edad con DNI … a penetrarme con su miembro viril”. 


Emisión original de 7NN en la que se habla del supuesto contrato.

En 2020, comenzó a difundirse un contenido similar que afirmaba también que se requería “impreso de consentimiento” o “consentimiento legal de relaciones sexuales en territorio español, sin perjuicio de posibles reclamaciones” y aseguraba que en el documento debían figurar los “datos del consentido y de la consentidora”. En esta ocasión, la apariencia del documento pretendía imitar la de otros documentos oficiales y, para buscar una mayor credibilidad, incluía el logotipo del Gobierno de España.

Versión del supuesto contrato difundida en 2020.

Sin embargo, en ambos casos se trata de un bulo: los documentos difundidos no son oficiales. Asimismo, no se hace referencia a la obligatoriedad de un contrato de consentimiento para mantener relaciones sexuales ni en la recién aprobada ley ni en ninguna de las anteriores. Además, desde el Gobierno siempre han negado este tipo de afirmaciones. 

Expresar el consentimiento “libremente mediante actos” 

La ley del sólo sí es sí hace referencia al consentimiento, pero no indica que este deba plasmarse por escrito en un contrato, sino que se entenderá como una expresión clara de la voluntad de la persona “libremente mediante actos” y “en atención a las circunstancias”, como así lo recoge el artículo 178 de la ley, que regula las “agresiones sexuales”.

Artículo 178 de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual.

Cumpliendo con las exigencias del Convenio de Estambul, que España ratificó en 2014, la nueva legislación define como “agresiones sexuales” las “conductas que atenten contra la libertad sexual sin el consentimiento de la otra persona” y castiga a la persona responsable de las mismas “con la pena de prisión de uno a cuatro años”.

Por tanto, no es cierto que en España haya que firmar cualquier tipo de documento de consentimiento para mantener relaciones sexuales. Este requerimiento no figura en la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, la conocida como ley del sólo sí es sí, y las imágenes de estos supuestos contratos que se han movido en redes y foros de internet desde 2018 no son oficiales, como ha negado en varias ocasiones el Gobierno.